Sorpresa y dudas en torno a
una información
Mientras me preparo la
comida escucho en la radio que te pueden multar con 200€ por conducir con el
abrigo puesto para evitar que se produzca el ‘efecto submarino’ (1). ¿Queeeeé?
Pienso en que es uno de mis hábitos, sobre todo en trayectos cortos y cuando no
viajo con mi mujer, que insiste siempre en que nos quitemos los abrigos cuando
entramos en el coche para evitar cambios bruscos de temperatura. A todo aquel
que se lo comento se muestra entre extrañado e indignado, por aquello del ‘afán
recaudatorio’.
Empiezo a dudar: ¿será una
fake? Busco en internet y solo lo encuentro relacionado en un digital leonés
que también advierte de otras cuatro conductas que serán sancionables (2). Me
pregunto por qué no se ha dado más relevancia a una información que puede
afectar a muchos conductores que, como yo, no somos hasta ahora conscientes de
que podemos ser multados por ello.
El taxativo desmentido de
un periódico regional (3): “Una vez más, los bulos corren como la pólvora y
algunos ya se lo han creído. Es absolutamente falso…”, queda ensombrecido por
el margen de duda que transmite una información que se centra en una cuantía
distinta de la sanción, 600€, y alude a la relación con artículo 18 del
Reglamento General de Circulación: «El conductor de un vehículo está obligado a
mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la
atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del
resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía» (4),
con lo que quedaría a interpretación de los agentes valorar si la indumentaria utilizada
contraviene la norma y es motivo de sanción.
¿Hay prevista una
penalización específica por conducir con el abrigo puesto? Estimulado por la
posibilidad de ser sancionado he dejado de hacerlo: ‘poderoso caballero es don Dinero’ *. Indirectamente le estoy dando la razón a mi mujer. ¿Consejo o
conducta sancionable? ¿Lo puede aclarar la autoridad competente? (5)
*Alude al título de un
famoso poema de Francisco de Quevedo
(1) Revista DGT Febrero
2017. Fuente: http://revista.dgt.es/es/multimedia/infografia/2017/0214efecto-submarino.shtml#.XFAft1xKjIU
Cuando el cuerpo no está
bien sujeto por el cinturón (holgado o mal ajustado), presiona el asiento hacia
abajo y se desliza por debajo de la banda abdominal. Aumenta el riesgo de
chocar contra el volante, el salpicadero o la parte baja del habitáculo. Se
puede producir lesiones en espalda y pelvis, rotura de fémur o de la cabeza del
fémur, además de hemorragias internas graves.
(2)Digital de León, 9 de
enero de 2019: Exclusiva: las nuevas cinco conductas al volante que multan y no
lo sabías. Fuente: https://digitaldeleon.com/principal/2019/01/09/exclusiva-las-nuevas-cinco-conductas-al-volante-que-multan-y-no-lo-sabias_59788
Las otras cuatro conductas
que menciona son:
Hielo en el parabrisas,
200€
Conducir con tacones, 200€
Llevar escobillas gastadas,
80€
Salpicar a un peatón, 600€
(3) La Verdad, 28 de enero
de 2019: ¿Puede multarte la Guardia Civil por conducir con el abrigo puesto?
Fuente: https://www.laverdad.es/sociedad/puede-multarte-guardia-20190128113155-nt.html
(4) Reglamento General de
Circulación, Artículo 18. Otras obligaciones del conductor. Fuente: https://www.sepin.es/cronus4plus/documento/verDoc.asp?dist=24&referencia=SP%2FART%2F23988&cod=01-05u17U0Gz0Hu1aB0%2650GA1-K0G-0HF1%3DQ00-0H517T29F09P1C51Cm07a1De1iI07a1Mq0H90JP1LI0ml0IU1LI01c
(5) Revista DGT, 5 de
diciembre de 2013. Fuente:
La Fundación CEA ha
realizado una encuesta online a más de 1.000 conductores para detectar los
hábitos equivocados a la hora de vestirse y conducir. Según este estudio, casi
el 96% de los conductores creen utilizar la vestimenta adecuada. De ellos, más
del 15% declara conducir habitualmente con el abrigo puesto. En el 7% de los
casos, la temperatura del habitáculo es superior a 24º C. Del mismo modo, en el
estudio se constata que la vestimenta que el encuestado cree adecuada no
coincide con la que es recomendable. De hecho, los conductores entrevistados
conocen mejor el calzado idóneo que la ropa útil. Llevar ropa gruesa, abrigos o
prendas similares, hace que el cinturón de seguridad no sea tan eficaz en caso
de accidente.


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