diumenge, 13 de juliol del 2025

Indulgencia plenaria

Explicación para poco o nada versados

Consulto Google indicando ‘Jubileo de la esperanza’ y lo primero que me aparece -vista creada por IA- es lo siguiente: «El "Jubileo de la Esperanza" es el nombre oficial del Año Santo 2025, convocado por el Papa Francisco, con el lema "Peregrinos de la Esperanza". Este año jubilar busca ser un tiempo de renovación espiritual, perdón y esperanza para los fieles, invitándolos a peregrinar y a vivir la fe de manera activa y comprometida.»

Pidiéndole que ‘muestre más’ indica: «Se ofrece la posibilidad de obtener indulgencias plenarias, que son el perdón de las penas temporales por los pecados, a través de la confesión, la comunión, la oración por el Papa y la realización de obras de caridad o peregrinaciones.»

Observo una cierta dificultad en algunos sacerdotes para explicar en términos corrientes a los feligreses los conceptos teológicos en que se basa la indulgencia plenaria. En una reunión en la parroquia se produjo un diálogo a este respecto que me pareció muy oportuno e inteligible para aclarar dichos conceptos -culpa, pena e indulgencia-. Hago a continuación una reconstrucción de lo que escuché:

Cuando te haces una herida, ¿qué haces? (el pecado es una herida en el alma).

Poner los medios para curarla (a través de la confesión se cura la herida en el alma -se perdona la culpa-).

Una vez curada, ¿deja algún rastro esta herida?

La cicatriz (una vez perdonada la culpa, aún queda la pena -el rastro del pecado perdonado-).

La indulgencia plenaria borra completamente la pena.

Entonces la cicatriz desaparece del todo.

Eso es. Si te mueres en ese momento te vas directo al cielo.

Como la indulgencia plenaria ganada puede aplicarse a uno mismo o a un difunto, le diré a mi pareja que si me muero antes que ella aplique una por mí (se supone que hará lo mismo si le sobrevive).

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