dijous, 15 d’octubre del 2015

Política y ‘derechos de los animales’

Publicidad sui generis

Se mostraba muy irritado Joaquín Moeckel, abogado del torero Morante de la Puebla, en una entrevista que le hizo Carlos Herrera (1), porque el Ayuntamiento de Barcelona no había autorizado la instalación de un cartel publicitario de la Feria de Zaragoza en la que aparece su representado fotografiado por José Ramón Lozano con aires dalinianos.

Los argumentos esgrimidos por el consistorio se especifican en la siguiente nota: "Vista la imagen que nos enviasteis el pasado viernes 2 de octubre para la instalación de una lona publicitaria de gran formato en el Paseo de Colón, os informamos que esta Gerencia no aprueba la creatividad presentada. En 2004 el Ayuntamiento de Barcelona aprobó una declaración manifestándose contrario a las corridas de toros y favorable a los derechos de los animales". (2)

Al ayuntamiento le bastaba con hacer referencia al criterio que prevalece en el consistorio respecto a las corridas de toros y que, en consecuencia, resultaba inapropiado en la ciudad hacer publicidad de esta actividad, aunque se realizase en otro lugar, pero al mencionar los derechos de los animales como argumento utiliza un concepto polémico, aunque ahora esté muy en boga. Se expone en Wikipedia que “se conoce como derechos de los animales a las ideas postuladas por corrientes de pensamiento y a la subcorriente del movimiento de liberación animal que sostienen que la naturaleza animal, independientemente de la especie, es un sujeto de derecho”. (3)

Joaquín Moeckel
Basándose en la mención indicada decía Moeckel: “vamos a dejarnos ya, por favor, de ninguna entelequia ni de ninguna chorrada, los animales no tienen ningún derecho, ninguno, porque para ser sujeto de derechos hay que tener obligaciones... un animal no tiene ninguna obligación, por tanto, como no tiene ninguna obligación, no tiene ningún derecho.” Ni tanto ni tan calvo. Tan inapropiado es otorgar a los animales unas prerrogativas que no les corresponden, como dar a entender que se puede hacer con un animal lo que se quiera.

Un derecho es, en este contexto, la “facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor” (4). En este sentido no es propio de los animales tener derechos, sólo se les puede atribuir por analogía, interpretando desde un punto de vista humano arbitrario lo que les conviene. Ello no impide que haya leyes que regulen el trato debido a los animales de acuerdo con sus características. Sin embargo, cuando la defensa de los animales se convierte en ideología, animalismo, se cae en múltiples incoherencias, debido a la gran variedad de especies y comportamientos. Y cuando se utiliza en la contienda política, suele ser un pretexto para mostrar la desafección u oportunismo ante determinadas manifestaciones artísticas, culturales o populares, dejando entrever múltiples contradicciones.

La labor de los políticos ha de ir encaminada, principalmente, a favorecer la convivencia de los ciudadanos y procurar su bienestar, y con estas premisas pueden surgir debates ideológicos que cabe tratar con mesura, de otra manera se convierten en fuente inagotable de conflictos.

(3) es.wikipedia.org/wiki/Derechos_de_los_animales

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